viernes, 25 de junio de 2010

Ley de “flagrancias” no aplica para menores de edad

Los Tribunales de Flagrancia pueden atender cualquier delito para ser juzgado, desde un robo simple hasta un homicidio, con la condición necesaria de que la persona sospechosa del ilícito sea detenida mientras cometía el hecho.

Sin embargo esta modalidad de la Ley no aplica para personas menores de edad que sean detenidas “in fragantis” realizando alguna acción delictiva.

Así lo confirmó el Fiscal Adjunto de Flagrancias, Francisco Segura, quien explicó que ese mecanismo penal no aplica a los menores de edad debido a que estos por Ley deben ser juzgados mediante lo establecido en el código penal juvenil.

Informes de la Sección de Estadística del Poder Judicial indican que en materia Penal Juvenil durante el 2009 un total de 16 mil 171 menores de edad fueron denunciados ante las autoridades tras ser vinculados con comportamientos irregulares.

El documento revela que de los menores denunciados durante los doce meses del año anterior el 74,6 % fue procesado procesó por algún tipo de delito.

Mientras que el 21,3 % se investigó debido a alguna contravención o falta menor y el 4,1 % sobrante se encuentra involucrado con algún accidente o infracción de tránsito.