jueves, 21 de abril de 2011

Vender licor tras prohibición de Semana Santa puede llevarlo a la cárcel

San José, Costa Rica. El cierre mediante sellos de los expendios de licores, en acatamiento a lo estipulado por la “Ley de Regulación de horarios de Funcionamiento en Expendios de Bebidas Alcohólicas” para esta Semana Mayor ya se dio.

Según lo dispuesto en el artículo 312 del Código Penal será sancionado con penas de “prisión de tres meses a dos años, el que violare los sellos puestos por la autoridad sobre una cosa”, por lo que los sellos no deberán ser quitados antes de las 00:00 horas del sábado 23 de abril.

De igual modo el artículo 307 del citado código establece que “Se impondrá prisión de quince días a un año al que desobedeciere la orden impartida por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de la propia detención.”

En caso de que los oficiales de la Fuerza Pública identifiquen a alguna persona que viole los sellos, se le detendrá y se pondrá a las órdenes del Ministerio Público, al igual que quienes realicen ventas clandestinas de licor.

La Fuerza Pública estará alerta en caso de que se reciban denuncias acerca de ventas ilegales de bebidas alcohólicas para proceder a aplicar todo el peso de la Ley.