La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso contra la Caja del Seguro Social interpuesto por un ex trabajador que alegó fue despedido sin justificación alguna.
El ex empleado quien se desempañaba como digitador solicitó ante el Alto Mando Constitucional que se declarara su despido como ilegal e improcedente así como el reintegro de los salarios caídos, daños y perjuicios.
El sujeto fue despedido debido a que mediante un proceso de investigación se verificó su incumplimiento al momento de encontrarse incapacitado.
Esto al conocerse que mientras estaba impedido médicamente para laborar realizó un viaje a Colombia y participó en varias sesiones de una asociación sindical.
Los magistrados indicaron en la resolución que quien NO sigue los lineamientos ordenados por el médico que lo incapacita vulnera los principios de buena fe para con su patrono.
Eso, indicaron, porque al desobedecer la orden del galeno puso en riesgo su salud, retrasó su recuperación y su reincorporación al trabajo.
Mencionaron además que NO cabe ninguna duda de que el reposo ordenado era necesario para su recuperación y que la prescripción médica debía cumplirse con carácter de absoluto reposo impidiéndole realizar cualquier actividad laboral extra.
Para la Sala Constitucional es claro que el actuar del ex trabajador resulta ser una falta grave al contrato de trabajo, suficiente para justificar su despido sin responsabilidad patronal.