domingo, 17 de abril de 2011

Sala Constitucional NO encontró ilegalidades en nueva figura del porteo

San José, Costa Rica. La Sala Constitucional determinó la carencia de vicios de ilegalidad en el proyecto de ley que permitiría crear la figura de Servicio Especial Estable de Taxi que acabaría con el porteo.

La resolución de la Sala es una respuesta a una consulta facultativa hecha por la Asamblea Legislativa.

Los diputados deseaban saber sobre la legalidad del proyecto conocido como “Reforma del Código de Comercio, ley N. 3280, de 30 de abril de 1964.

Además de la Ley Reguladora del Servicio Público de Transporte Remunerado de personas de vehículos en la modalidad taxi, N. 7969, de 22 de diciembre de 1999”.

En resumen, los magistrados determinaron que la iniciativa de reforma no contiene vicios esenciales de procedimiento o disposiciones inconstitucionales.

De esta forma, expresó el Ministro de Transportes, Francisco Jiménez, se confirma que tanto el Gobierno como los diputados se han mantenido dentro del marco jurídico costarricenses y todas las actuaciones han estado amparadas a la ley.

Así, agregó, se allana el camino para regular este servicio de transporte bajo la Ley de Transporte Público.

Esto con base en el acuerdo tomado en junio de 2010 entre la Federación de Cooperativas de Taxis, la Cámara Nacional de Autobuseros, la Cámara Nacional de Porteadores y el MOPT.

La nueva figura vendría a sustituir a la actividad de porteo que será ilegal al excluirse del artículo 323 del Código de Comercio la palabra “persona”.

Detalles de la nueva figura

La nueva figura generará un servicio cerrado, puerta a puerta, que cubrirá una demanda residual de transporte. 

El servicio especial prohibirá recoger pasaje en la calle y deberá existir un contrato entre el oferente y el cliente que garantice la existencia de esa relación comercial.

A la nueva modalidad se podrán incorporar todos aquellos que cumplan con los requisitos que se establecieron. 

Jiménez citó, entre otros, la patente comercial y la certificación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Además de la certificación de contribuyente como asegurado de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Así como las copias de los contratos con los clientes y el pago de pólizas por cada vehículo.

En ese sentido, se persigue acabar de una vez por todas con la actividad de taxi pirata, que se ha encubierto en muchos casos como porteo.

El permiso para la nueva actividad será por tres años prorrogables por el Consejo de Transporte Público. 

Durante los primeros tres años, los actuales porteadores podrán utilizar el vehículo que poseen.

Después tendrán que someterse a los requisitos de antigüedad y características establecidas para los automotores dedicados al servicio público.